Tras su primer debate en el Pleno y previo la elaboración del informe para segundo debate, la Comisión del Derecho al Trabajo recibió nuevas observaciones al proyecto de Ley Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en todas las Modalidades de Trabajo. La ministra de la Mujer y Derechos Humano, Arianna Tanca Macchiavello presentó su apoyo y compromiso para trabajar, en esfuerzos en conjunto, en la erradicación de la violencia en todas sus formas.
La ministra, junto a la directora del Sistema de Erradicación y Prevención de Violencia, Verónica Carrillo, expuso las observaciones, entre ellas, contar con inspectorías de trabajo especializadas en violencia, acoso y género como entidades encargadas de asegurar el cumplimiento de las normativas laborales relacionadas con estas problemáticas.
Estas inspectorías se deben dedicar a investigar y verificar la violencia de género contra las mujeres y personas LGBTI, dentro del ámbito laboral en temas relacionados con violencia, acoso y género; además de verificar que se estén respetando los derechos laborales de las personas trabajadoras en cuanto a la prevención y atención de la violencia y el acoso en el ámbito laboral, con énfasis especial cuando se trata de violencia de género.
La asambleísta Johanna Ortiz respaldó esta propuesta, considerando la necesidad de hacer el seguimiento a la violencia, toda vez que el sistema de justicia no da ese apoyo. La gestión debe ser integral y la articulación debe ser fundamental para combatir la violencia de género, además hacer los lugares laborales seguros y darle seguimiento a cada uno de los casos, respondió la ministra.
Marcela Holguín indicó que se debe tener articulación entre el Ministerio de la Mujer y el Ministerio de Trabajo y trabajar de la mano con la Asamblea. Estamos dispuestos a trabajar en articulación para lograr un ambiente de trabajo eficiente y eficaz, señaló María Teresa Pasquel.
El proyecto determina, entre otros aspectos, que en los casos de violencia y acoso laboral el inspector de trabajo podrá emitir sanciones pecuniarias en contra de la persona, natural o jurídica que haga las veces de empleador y disponer de manera conjunta, medidas de reparación y de apoyo con la ayuda de órganos especializados del sector público y privado. La autoridad competente podrá disponer que se efectúen las disculpas públicas de quien cometió la conducta.